Calculadora de gastos de donación

Si estás pensando en donar un inmueble, dinero u otros bienes a un familiar, es importante que tengas en cuenta los gastos que conlleva este trámite ante notario. Con nuestra Calculadora de gastos de donación en España (ISD) podrás obtener una estimación orientativa de los principales costes: impuesto de donaciones, notaría, registro y otros gastos habituales.

Esta herramienta online te ayudará a planificar mejor la operación y a resolver una de las preguntas más frecuentes: ¿cuánto cuesta hacer una donación en España? Ten en cuenta que los resultados son orientativos, ya que cada comunidad autónoma aplica reducciones y bonificaciones diferentes.

Calculadora de gastos de donación

Gastos estimados:

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* El resultado es orientativo y puede variar en función de la comunidad autónoma y circunstancias particulares.


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¿Qué gastos incluye una donación ante notario?

Cuando realizas una donación, no solo interviene la voluntad de entregar un bien o una cantidad de dinero. Al hacerlo mediante notario, existen una serie de gastos asociados que conviene conocer:

  • Impuesto de Donaciones (ISD): Es el principal coste y varía según el valor de lo donado y el grado de parentesco entre donante y beneficiario. Cada comunidad autónoma establece sus reducciones y bonificaciones, por lo que el importe final puede cambiar bastante.
  • Gastos de notaría: Son los honorarios del notario por preparar y firmar la escritura de donación. Dependen del valor de los bienes donados, aunque suelen moverse en unas franjas habituales.
  • Registro de la Propiedad: Solo es necesario en el caso de que lo donado sea un inmueble. Se inscribe la nueva titularidad en el Registro para que quede constancia legal.
  • Gestoría (opcional): Algunas personas prefieren contratar una gestoría para que se ocupe de presentar impuestos y tramitar la documentación.
  • Tasación (en algunos casos): Si se dona un inmueble y hay dudas sobre su valor, puede ser necesaria una tasación.

En resumen, además del impuesto de donaciones, hay otros gastos notariales y registrales que deben considerarse para calcular el coste real de la operación.

Cómo usar la calculadora de gastos de donación

Usar la calculadora es muy sencillo y no requiere conocimientos legales o fiscales:

  1. Introduce el valor de la donación
    Escribe el importe total o el valor estimado del bien que deseas donar, ya sea dinero, un inmueble u otros bienes.
  2. Selecciona el tipo de bien
    Indica si se trata de dinero, un inmueble o cualquier otro tipo de bien. Esto permite a la calculadora incluir los costes específicos, como los gastos de registro si se trata de una propiedad.
  3. Marca los gastos opcionales
    • Si deseas incluir la tasación, marca la casilla correspondiente.
    • Si vas a contratar gestoría, selecciona también esa opción.
  4. Pulsa el botón “Calcular”
    La calculadora procesará los datos y te mostrará, de manera clara, cada uno de los gastos involucrados:
    • Impuesto de donaciones (ISD)
    • Gastos de notaría
    • Registro de la propiedad (si aplica)
    • Tasación y gestoría (si las marcaste)
    • Total estimado a pagar

¿Por qué es útil esta calculadora de donación?

Hacer una donación puede generar dudas sobre cuánto costará realmente. Nuestra calculadora de gastos de donación en España (ISD) te ayuda a tener una idea clara y rápida de todos los gastos implicados, sin necesidad de hacer cálculos complicados ni consultar a varias instituciones.

Con ella podrás:

  • Saber de forma aproximada cuánto tendrás que pagar de impuesto de donaciones.
  • Estimar los gastos de notaría y registro, así como otros costes opcionales como gestoría o tasación.
  • Planificar mejor la donación, evitando sorpresas desagradables y pudiendo organizar tu economía de forma eficiente.
  • Comparar distintas opciones según el tipo de bien o la relación con el beneficiario.

Ten en cuenta que los resultados son orientativos, ya que cada comunidad autónoma puede aplicar reducciones y bonificaciones distintas, y cada caso puede tener particularidades legales.

Diferencias entre donar y heredar

Donar y heredar son dos formas de transmitir bienes, pero tienen diferencias importantes que conviene conocer:

  • Momento de la transmisión:
    • Donación: Se realiza en vida del donante. Los bienes pasan inmediatamente al beneficiario.
    • Herencia: Se produce tras el fallecimiento del causante.
  • Impuestos aplicables:
    • Donación: Se paga el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en su modalidad de donaciones.
    • Herencia: Se paga el mismo impuesto pero en su modalidad de sucesiones. Aunque ambos tributos comparten el nombre, los tipos impositivos y reducciones pueden variar según la comunidad autónoma y el parentesco.
  • Planificación y control:
    • Con una donación puedes planificar y decidir en vida cómo y cuándo quieres entregar tus bienes, pudiendo aprovechar reducciones fiscales o evitar conflictos futuros.
    • Con una herencia el reparto se realiza tras tu fallecimiento, según tu testamento o la normativa de sucesión forzosa.
  • Formalización:
    • Las donaciones requieren escritura pública ante notario y, en muchos casos, inscripción en registros (como el de la propiedad).
    • Las herencias también requieren trámites notariales y registrales, pero incluyen procedimientos adicionales como aceptación de herencia y adjudicación de bienes.

En resumen, donar permite anticipar la transmisión de tus bienes y planificar el impuesto, mientras que heredar se produce de forma automática tras el fallecimiento y sigue sus propias reglas fiscales y legales.

¿Qué interesa más: donar o heredar?

Cuando hablamos de transmitir bienes entre familiares, surge la duda de si conviene donar en vida o esperar a la herencia. La respuesta depende de varios factores, pero a nivel fiscal hay algunas consideraciones importantes:

1. Donar a un hijo en vida

  • Ventajas fiscales:
    En muchas comunidades autónomas, los hijos disfrutan de reducciones importantes en el Impuesto de Donaciones, lo que puede reducir significativamente lo que tienen que pagar.
  • Planificación y control:
    Donar permite organizar cómo y cuándo se entregan los bienes, evitando sorpresas y posibles conflictos futuros.
  • Desventajas:
    Una vez donado, el donante pierde la propiedad del bien, y el beneficiario debe asumir los costes fiscales y administrativos en el momento de la donación.

2. Heredar tras fallecimiento

  • Ventajas fiscales:
    En algunas comunidades, las reducciones por herencia pueden ser incluso mayores que las de donación, especialmente si se trata del cónyuge o hijos directos.
  • Tranquilidad:
    El donante mantiene la propiedad hasta su fallecimiento, lo que puede dar más seguridad.
  • Desventajas:
    Los impuestos pueden ser más altos si el heredero no aprovecha reducciones aplicables en vida. Además, los trámites se realizan tras el fallecimiento, lo que puede retrasar la transmisión de los bienes.

3. Recibir vs. donar

  • Recibir una donación: Permite beneficiarse de reducciones fiscales en vida del donante, pero requiere asumir el pago del impuesto inmediatamente.
  • Recibir una herencia: Puede implicar impuestos más altos en algunos casos, pero no se pierde la propiedad antes de tiempo.

Resumen práctico:
Donar suele interesar si se busca planificar y reducir impuestos en familia, especialmente para hijos o cónyuge. Heredar puede ser más conveniente si el donante quiere mantener el control de los bienes hasta su fallecimiento o si las reducciones autonómicas hacen la herencia más ventajosa.

Reducciones y bonificaciones por comunidad autónoma

En España, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) puede variar mucho según la comunidad autónoma, ya que cada región establece sus propias reducciones y bonificaciones. Esto significa que el coste final de una donación puede ser muy distinto dependiendo de dónde se tribute.

Andalucía

En Andalucía, los familiares directos, como hijos y cónyuge, suelen beneficiarse de reducciones importantes, lo que reduce significativamente el impuesto a pagar. También existen bonificaciones adicionales en caso de discapacidad o si la donación incluye la vivienda habitual.

Madrid

Madrid ofrece reducciones muy generosas para familiares directos, llegando en muchos casos a que la donación prácticamente no genere impuesto. Además, existen beneficios adicionales para determinadas cantidades o bienes concretos.

Cataluña

En Cataluña, las reducciones dependen del parentesco y del tipo de bien donado. Los hijos y cónyuge reciben reducciones moderadas, mientras que familiares más lejanos pagan más. También hay descuentos especiales para personas con discapacidad o por vivienda habitual.

Otras comunidades autónomas

En el resto de España, cada comunidad tiene su propio sistema de reducciones y bonificaciones. Algunas son muy generosas para familiares directos, mientras que otras aplican menos descuentos. Por eso, los importes pueden variar considerablemente de una región a otra.

Ejemplos prácticos de gastos de donación

Para entender mejor cómo se calculan los gastos de una donación, aquí tienes algunos ejemplos orientativos:

Ejemplo 1: Donación a un hijo

Un padre dona 100.000 € a su hijo. Gracias a la reducción por parentesco, el impuesto de donaciones será significativamente menor que el valor total de la donación. Los gastos notariales y de registro se suman, pero el total sigue siendo bastante asequible.

Ejemplo 2: Donación a un sobrino

Un tío dona 50.000 € a su sobrino. Al no ser un familiar directo, la reducción por parentesco es menor. El impuesto de donaciones será proporcionalmente más alto, y los gastos notariales y de gestoría se suman al total.

Ejemplo 3: Donación de un inmueble con vivienda habitual y discapacidad

Un hijo recibe en donación un inmueble valorado en 200.000 €, que incluye su vivienda habitual, y además tiene una discapacidad reconocida. Se aplican tanto la reducción por parentesco, como la reducción por vivienda habitual y la reducción por discapacidad, lo que reduce considerablemente la base imponible y, por tanto, el impuesto a pagar.

Preguntas Frecuentes (FAQ's)

¿Qué es el Impuesto de Donaciones (ISD)?
Es el impuesto que grava la transmisión de bienes o dinero de una persona a otra en vida. Su cuantía depende del valor de lo donado, del parentesco y de las reducciones aplicables según la comunidad autónoma.

¿Quién debe pagar el impuesto?
Generalmente, el beneficiario de la donación es quien debe abonar el impuesto.

¿Cuándo debo pagar el Impuesto de Donaciones?
Tras formalizar la donación ante notario, existe un plazo limitado (habitualmente 30 días desde la firma de la escritura) para presentar la declaración y pagar el impuesto.

¿Qué gastos se incluyen además del impuesto?
Gastos de notaría, registro de la propiedad (si es inmueble), gestoría (opcional) y, en algunos casos, tasación.

¿Puedo reducir el impuesto mediante reducciones y bonificaciones?
Sí, según la comunidad autónoma y el parentesco con el donante. También existen reducciones adicionales por discapacidad o vivienda habitual.

¿Qué documentación necesito para realizar la donación?
Escritura de donación, valoración de los bienes, certificados de defunción si aplica, títulos de propiedad, contratos de seguros, entre otros.

¿Se puede donar cualquier tipo de bien?
Sí, se puede donar dinero, inmuebles, vehículos, acciones u otros bienes, aunque algunos requieren trámites adicionales como inscripción en registros específicos.

¿Qué ocurre si renuncio a la donación?
Si renuncias, no recibirás el bien ni pagarás impuesto. La donación pasará a otros beneficiarios si así se estipula.

¿Se puede aplazar el pago del impuesto?
En algunos casos, se puede solicitar aplazamiento o fraccionamiento del pago ante la administración tributaria de la comunidad autónoma correspondiente.

¿Qué pasa si no presento la declaración del impuesto?
Pueden aplicarse sanciones, intereses de demora y recargos. Por eso es importante cumplir los plazos legales.

¿Es lo mismo donar que heredar?
No. Donar se realiza en vida y permite planificar el impuesto; heredar ocurre tras el fallecimiento y tiene sus propias reglas fiscales y legales.

¿Pueden varias personas recibir la misma donación y calcular su parte por separado?
Sí, cada beneficiario calcula su parte según el valor recibido y las reducciones que le correspondan.

¿El impuesto de donaciones es igual en toda España?
No, cada comunidad autónoma establece sus propias reducciones y bonificaciones, por lo que el coste puede variar significativamente de una región a otra.


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